viernes, 16 de septiembre de 2011

ABORTO TERAPEUTICO; COMENTARIO Y OPINIÓN

Días atrás la Comisión de Salud del Senado aprobó por tres votos a dos la idea de legislar sobre el aborto terapéutico, propuesta recogida en los proyectos Boletín Nº 7373-07, 6522-11 y 6591-11 las que en total llevan la firma de los Senadores Fulvio Rossi, Evelyn Matthei, Camilo Escalona, Guido Girardi y Carlos Ominami[1]. Destacar que esto solo significa que se hace latente la opción dirigida a despenalizar el aborto en determinadas circunstancias.

La decisión no fue ajena a la opinión pública, generando una serie de reacciones donde el denominador común era su complejo carácter moral.

Es importante manifestar que El Salvador, Ciudad de El Vaticano, Honduras, Nicaragua y Chile son los únicos 5 países que han excluido el acceso del aborto terapéutico a la población[2]. En consecuencia, podemos hablar de un principio con tendencia de aceptación universal.

Como concepto de Aborto Terapéutico podemos citar aquel que señala que son “Las interrupciones del embarazo en las cuales lo que se persigue finalmente es la salud de la madre en su sentido amplio. Se trata de aquellos casos en que la muerte del embrión o feto es buscada como medio para lograr la salud materna”[3]. Desde ya destacamos la amplitud del concepto, debido principalmente a la expresión “salud” la cual, según la OMS, es el completo estado de bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

En consecuencia, en búsqueda de su bienestar físico, mental y social la madre podría (rigiéndonos por este concepto amplio de aborto terapéutico) interrumpir su embarazo. En otras palabras, el aborto terapéutico como contrariamente se cree, no es una medida que solo se agota en salvaguardar la vida de la madre en situaciones de conflicto, sino que también procede en resguardo de su integridad física o psíquica.

El Senador Camilo Escalona, en su proyecto de Ley propone reemplazar el artículo 119 del Código Sanitario en los siguientes términos:

Art. 119. Se podrá interrumpir el embarazo, sólo con fines terapéuticos, mediante intervención médica, cuando ésta sea documentada por dos médicos cirujanos.

Salta a la vista que en esta primera etapa no se ha definido ni delimitado lo que debemos entender por terapéutico (concepto, como se dijo, bastante amplio) por lo que a la luz de lo dicho anteriormente, la interrupción del embarazo podría hipotéticamente solicitarse en en resguardo del bienestar físico, mental y social de la madre, y no sólo como mecanismo dirigido a salvar la vida de ésta.

Con todo, si somos capaces de sostener que el aborto no es reprochable aún en aquellas hipótesis donde la salud está en riesgo, y no solo la vida propiamente tal de la madre, sumado a que la salud, según se ha dicho, es un término bastante amplio que incluye el bienestar mental de la persona, deberíamos preguntarnos, si una mujer que solicita el aborto a todo evento está psíquicamente sana. Si la respuesta es negativa, deberíamos por lo tanto, en virtud de esta teoría amplia de aborto terapéutico, permitirle la interrupción del embarazo, por cuanto es su salud psíquica la que está en riesgo. En consecuencia, la inclusión en nuestro ordenamiento jurídico de ésta figura amenaza con acarrear la despenalización indirecta del aborto a todo evento, si es que no somos capaces de regularla y limitarla con responsabilidad.

Por otra parte, los proyectos presentados por los Senadores Fulvio Rossi y Evelyn Matthei (actual Ministra del Trabajo), más moderados, no han recurrido a la expresión, a estas alturas inútil, de aborto terapéutico, sino que por el contrario, han descrito una hipótesis respecto de la cual la interrupción del embarazo no sería una conducta punible. Señalan los Senadores que:

No se considerará aborto cuando se produzca la muerte del feto como consecuencia de una intervención, tratamiento o administración de algún fármaco que sea indispensable para salvar la vida de la madre, lo que deberá ser certificado por un grupo de tres médicos.

Según el texto citado, la interrupción del embarazo, para que no sea considerada aborto, solo ha debido tener lugar como mecanismo indispensable para salvar la vida de la madre. Situación notoriamente distinta a lo expuesto por el Senador Escalona.

Sin embargo, lo propuesto por los Senadores Rossi y Matthei no termina ahí, extendiendo los alcances del proyecto con el objeto de permitir la interrupción del embarazo en hipótesis de inviabilidad fetal. Proponen el proyecto que:

No será punible la interrupción de un embarazo cuando se haya certificado por un grupo de tres médicos la inviabilidad fetal.

Esta figura se acerca bastante al aborto eugenésico, con la distinción que esta última es la que se realiza con la intención de eliminar el feto cuando existe certeza de que éste nacerá con un defecto o enfermedad[4]. En cambio, la propuesta de los Senadores se limita sólo para aquellos donde el defecto o enfermedad acarrea, además, la inviabilidad fetal.

Por último, la propuesta más desmesurada la hayamos bajo la firma de los Senadores Guido Girardi y Carlos Ominami. Estos, modificando el artículo 119 del Código Sanitario proponen lo siguiente:

Artículo 119. Sólo con los fines terapéuticos, eugenésicos o ético-sociales que a continuación se expresan se podrá interrumpir un embarazo.

En caso en que esté en riesgo la vida de la madre y no existan otros medios para evitar dicho riesgo.

Cuando el feto presente o se establezca clínicamente que presentará graves taras o malformaciones físicas o psíquicas.

Cuando el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo del delito de violación.

En este último caso, la interrupción del embarazo sólo podrá practicarse dentro de las primeras 12 semanas de gestación.

En todos los casos, se requerirá el consentimiento de la madre, la intervención de un médico-cirujano y la opinión documentada de otros dos médicos-cirujanos.

En primer lugar, los Senadores proponen autorizar la interrupción del embarazo con fines no solo terapéuticos, sino que también eugenésicos y ético-sociales. Donde el principal reproche que me merece éste proyecto radica en la inclusión irresponsable del aborto eugenésico.

Precisamente, esta hipótesis permite, en situaciones donde el feto presenta o se establezca clínicamente que presentará graves taras o malformaciones físicas o psíquicas, que la madre, con intervención de un médico cirujano mas la opinión documentado de otros dos facultativos, pueda eliminar el feto indeseado. Algunos, en defensa de esta práctica ven en ella una manifestación de libertad en beneficio de la mujer, la que excluyentemente puede decidir con la más absoluta autonomía sobre la vida o muerte del feto, sosteniéndose para ello que se trataría de una decisión que compromete exclusivamente a su cuerpo, rechazando toda injerencia de terceros. Sin embargo, sostener que el feto le pertenece a la mujer en términos absolutos, negándole a éste su naturaleza humana o personalidad, resulta odioso. Si bien el feto depende biológicamente de la madre, esto no le hace perder su condición humana; de ser así podríamos sostener inclusive que individuos sometidos a mecanismos que prolongan artificialmente la vida (dependencia) pierden su personalidad humana. Por otro lado, aún cuando se discuta si el feto puede o no ser considerado un ser humano, debemos reconocer que la ciencia médica aún no ha resuelto el debate con el más mínimo grado de certeza, por lo que ante la duda debemos necesariamente amparar y proteger al ser más débil.

Por otro lado, el aborto en estos términos no es más que una fórmula aberrante de “selección” donde ya no es la naturaleza la que determina quien vive o quien muere (en términos Darwinianos de selección natural) sino que es el propio hombre que, en base a un arbitrio injusto, decide quién es digno o no de vivir ¿Qué clase de autoridad es esa? Excluir individuos por el solo hecho de presentar una grave enfermedad o malformación física es una forma negativa de selección, donde excluimos antojadizamente a aquellos elementos que no están “a la altura” de los estándares socialmente impuestos. Tanto en Esparta como en la Alemania Nazi, se llevó a la práctica esta fórmula de selección negativa, en búsqueda de la raza superior. No repliquemos el mismo ejemplo. Mejor resulta exigir al Estado que asuma en todo o en parte la conservación de la vida.

Respecto a la tercera figura propuesta, me refiero al aborto ético con motivo de violación o incesto, me reservaré (es de esperar) para una siguiente columna, dado que a mi juicio es la que reviste el mayor contenido moral de difícil precisión.

Una última opinión me merece la idea de legislar sobre el Aborto Terapéutico. Primero destacar lo positivo de esta decisión por cuanto pone a la mesa un tema sensible y del cual no debemos estar ajenos. Por otro lado, señalar que los 3 proyectos presentados no se limitan únicamente a lo que es el Aborto Terapéutico, sino que también incluyen figuras tales como el Aborto Eugenésico y el Aborto Ético. Y para finalizar, en lo tocante al Aborto Terapéutico, soy de la idea de regular detenidamente y en detalle esta figura, para así evitarnos una despenalización indirecta del aborto a todo evento en los términos señalados más arriba.

Publicada primero en: www.politicarock.cl



[1] http://www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=comisiones&ac=sesiones_celebradas&idcomision=195&tipo=2&legi=0&ano=2011&desde=0&hasta=0&comi_nombre=de%20Salud

[2]http://www.observatoriosaludnicaragua.org/documentos/otros/SOBRE_EL_BORTO_EN_NICARAGUA.pdf

[3] http://www.iglesia.cl/portal_recursos/documentos/20090422_abortoterapeutico.pdf

[4] http://www.unav.es/cdb/dbcapo21b.html

lunes, 8 de agosto de 2011

Cuando el Movimiento Estudiantil Perdió el Norte

En mi condición de estudiante y ciudadano me considero a fin a toda demanda social que pretenda y persiga dar soluciones efectivas y concretas a nuestro histórico problema en la educación.

Es claro que en nuestro país las familias experimentan un crónico y continuo endeudamiento al asumir gran parte de la carga económica relacionada con la educación superior. La ausencia de equidad en la entrega de una educación de calidad es evidente; como ocurre normalmente son los pobres los que se ven marginados a un acceso provechoso de una autentica educación de calidad. Situaciones que, aunque parezca majadería, han sido tolerada por nuestras autoridades y clase política (me apesta esta expresión) por casi 30 años.

Sin embargo, a pesar de la magnitud de este problema, con mucha amargura noto que cada día que pasa se va perdiendo el norte del problema, concentrando los esfuerzos y la atención aquellos aspectos accesorios que no resuelven individualmente el fondo del asunto. Junto con enfocarse en demandas que en nada aportan para solucionar el problema.

1.- ¿Cuál es el real y principal aspecto que urge atender para resolver la así llamada “crisis educacional”?

Dichas respuesta, es lógico pensar, ha de encontrarse recogida en el petitorio[1] que fundamenta y justifica el movimiento estudiantil. Pues bien, dicho movimiento, como objetivo principal ha declarado:

El construir un proyecto de educación garantizado constitucionalmente como un derecho social universal en todos sus niveles, fundado en un sistema de:

  • Educación pública;
  • Democrática;
  • Pluralista;
  • Gratuita y;
  • De calidad.

Orientado a la producción de conocimiento para un desarrollo integral e igualitario y a la satisfacción de las necesidades de Chile y de sus pueblos.

A su vez, como objetivos inmediatos, se han manifestado los siguientes:

  • Frenar la reforma privatizadora del gobierno en materia educativa, y;
  • Posicionar las demandas transversales: educación gratuita, fin al lucro, democratización, fin al endeudamiento y al autofinanciamiento y acceso equitativo.

De las demandas (recogidas tanto del petitorio, como de las manifestaciones públicas de los voceros del movimiento) resulta evidente que el acento está puesto en, la educación superior, en alcanzar beneficios exclusivos y excluyentes para los estudiantes de Universidades Públicas y/o Tradicionales, en poner fin al lucro y el alcanzar un acceso gratuito de la educación. Ello se desprende, concretamente del petitorio, en que sus objetivos principales se fundamentan “en un sistema de educación pública…”, sumado a que además se ha manifestado, como objetivos inmediatos, el “frenar la reforma privatizadora del gobierno” (la que aparentemente se opone a la educación pública) y el alcanzar una “educación gratuita”, poner “fin al lucro… al endeudamiento y al autofinanciamiento” en lo que diga relación con el sistema educacional chileno.

Pero ¿Son el lucro y la gratuidad lo que verdaderamente interesa atender? O por otra parte ¿Resolviendo estos aspectos es que se puede poner fin a lo que ellos mismos han llamado “crisis en el sistema educacional”?

Todo indica que nuestra actual e histórica “crisis” es mucho más amplia y compleja que el lucro y la no gratuidad, por lo que se debe descartar de plano que dichas aristas acaparen los esfuerzos dirigidos a solucionar el problema.

1.1.- Calidad

Así las cosas, qué sucede con la calidad en la educación ¿No será aquel punto el que se debe intervenir principalmente para así extirpar el cáncer del que adolece la educación? ¿El acento no debería estar puesto en la calidad, como vía de mejora de la educación? Aparentemente no, no al menos para el actual movimiento.

Transversalmente, en la base del sistema educacional chileno (léase educación preescolar, básica y media), se aprecian deficiencias relacionadas con la calidad en la educación. Los colegios municipales, dada su estructura de organización y administración no permiten la entrega apropiada de una buena enseñanza. Y como serlo, no todos los municipios cuentan con igual cantidad de recursos.

Por otro lado tenemos a los colegios privados, aquellos de matriculas y mensualidades elevadas, pero que concentran los mejores índices en cuanto a calidad.

Cuando llega la oportunidad de entrar a la educación superior, los estudiantes se enfrentan a la PSU como principal traba de acceso igualitario, por cuanto mide con la misma vara a realidades educacionales distintas, resultando, como consecuencia, que un porcentaje muy reducido de egresados de colegios municipales logre ingresar a las Universidades Tradicionales.

Se sabe que, de los 150 mejores puntajes de matemáticas a nivel nacional, un tercio pasó por el preuniversitario Pedro de Valdivia. Mientras que un alumno de extraordinario resultado de colegio municipal es más de 100 puntos más bajo que un estudiante normal de colegio particular; así las cosas, no son extraños los casos donde alumnos de colegios municipales, con promedio 6,9, ponderen 350 puntos en la PSU, muy por de bajo a los 475 puntos que como piso mínimo se exige para postular a las universidades del consejo de Rectores[2].

Atendiendo todo lo anterior ¿no debiese ser la calidad la principal razón para movilizarse?

Si bien los objetivos principales mencionan a la calidad como parte de las exigencias, sí la condicionan a una educación exclusiva y excluyentemente pública. Por su parte, los objetivos inmediatos ni siquiera la mencionan como parte integrante del problema.

A lo anterior se suma además que el cuerpo del petitorio, si bien menciona la calidad en el punto número tres, en ningún momento la aborda y desarrolla a la hora de entregar el detalle de las demandas concretas y específicas, lo que demuestra aún más que el norte del asunto se ha perdido, o peor aún, nunca se tuvo.

Las demandas, por todo lo indicado, deberían seguir el siguiente orden de importancia:

  • Calidad transversal (incluyendo la educación parvularia en adelante);
  • Acceso igualitario;
  • Y gratuidad.

Y no:

  • Educación exclusivamente pública;
  • Fin al lucro;
  • Y gratuidad.

1.2.- Beneficios exclusivos y excluyentes para los estudiantes de Universidades Públicas y/o Tradicionales

Ello queda lo suficientemente claro al leer el cuerpo del petitorio oficial del movimiento. Las “Bases para la construcción del proyecto (movimiento)” contemplan, en primer lugar:

  • Un aumento de los aportes basales... para garantizar la gratuidad de la educación que entregan (las universidades), terminar con el autofinanciamiento y financiar los costos reales y el desarrollo de las Universidades Tradicionales. Todo, con prioridad para las Universidades Estatales.
  • La creación de un fondo de revitalización para las Universidades Tradicionales, dentro de las cuales existen muchas Universidades No Estatales.

· Proponen eliminar el CAE (Crédito con Aval del Estado) y crear un sistema único de Fondo Solidario para todas las instituciones que en la práctica no lucren (Universidades Privadas) y eliminar la banca en el sistema de financiamiento. Dejando fuera nuevamente a los estudiantes de las Universidades Privadas.


Curioso resulta advertir que el movimiento se funde en la situación de endeudamiento crónico y continuo que experimentan las familias por asumir la gran carga económica que significa la educación superior[3] y que aún así no incluyan a los estudiantes de las Universidades Privadas, las que reciben a la mayoría de los estudiantes provenientes de familias con problemas para soportar económicamente los costos de la educación superior privada, considerando que además son éstas las con aranceles más leoninos.


1.3.- El Lucro

El movimiento, tanto en declaraciones públicas de sus voceros, como en el petitorio ha sido bastante claro en que están contrarios y nada quieren con el lucro.

Dentro del punto dos, sobre la democratización de la educación, tajantemente se solicita la prohibición efectiva del lucro… en todo el sistema de educación superior. Con todo, exigen la modificación de la ley que permite el lucro en otras instituciones de educación, obviamente con la intención de prohibirla.


Según se declara en el documento, la ausencia de lucro en las instituciones educativas contribuye a un mejoramiento… en la calidad de la educación. Pero ¿Qué relación tiene una cosa con la otra? Además ¿No es suficiente prueba que el lucro y el mercado (bien desempeñado) contribuye a una mejor educación (de calidad) la que encontramos en aquellos colegios privados al compararlos con los establecimientos municipales o particulares subvencionados?

La ausencia de lucro no condiciona por sí mismo al mejoramiento de la calidad de la educación. Perfectamente puede coexistir una educación pública y una educación privada, el punto es que hay que interesarse por una educación de calidad; y de ello se preocupará, por un lado, el Estado, con una mayor inversión en educación para los establecimientos de carácter público, y por otro lado, el mercado para el sector privado.


Ahora bien, con respecto a este tema, lo que sí es importante atender es que el sector privado no lucre con los aportes que el Estado eventualmente realice. Que esos dineros vayan a bolsillos de privados es inaceptable. De existir aporte del Estado, éste debería únicamente invertirse y quedar en la institución.


En consecuencia, no debiera exigirse ausencia de lucro, sino que más bien una mejor regulación de éste, especialmente cuando involucre a instituciones privadas.


1.4.- Atender transversalmente al sistema educacional

Basta leer el petitorio y/o escuchar las declaraciones de los voceros del movimiento para darse cuenta que el acento esta puesto en la educación superior. Ahora bien, al adherirse los secundarios, el movimiento se vio obligado a incluirlos en las demandas, pero aún así estas no satisfacen el todo del problema, abordando débilmente a la educación básica y parvularia, dentro de las que también debemos entender al actual sistema de formación de profesores.

Sin embargo, para ser justos, debemos reconocer que, al menos en el Manifiesto por la Educación (documento diferente al petitorio) se aborda a la educación básica y parvularia como objetivo a solucionar, sin embargo dicha inclusión es bastante débil y no aborda nuevamente la calidad en la educación[4].

Si nos preocupa realmente la educación debiese, necesariamente, incluirse a todos los eslabones que la componen, y no solo concentrarse en uno sólo de ellos, que, para empeorar las cosas, constituye la última etapa del proceso de educación que experimenta una persona, donde, por ausencia de una educación de calidad en los eslabones anteriores, se pierden fortalezas y competencias muy difíciles de conseguir en la educación superior, como también se adquieren por arrastre vicios del aprendizaje bastante difíciles de corregir en esta última etapa.

1.4.1.- El Colegio de Profesores

El señor Jaime Gajardo, representante del Colegio de Profesores, se ha mostrado cada vez más cercano al movimiento estudiantil. Sin embargo me deja muchas dudas su intención con el movimiento.

Si aceptamos que la falta de calidad es el verdadero y real problema en la educación actual, debemos necesariamente incluir a los profesores como un elemento a atender.

El 35,9 por ciento de los profesores (1 de cada 3) que se sometieron a la evaluación docente del 2010 registró resultados deficientes[5] y "no alcanzan un nivel suficiente para lo que nuestros niños requieren", informó Fernando Rojas, subsecretario de Educación. Este 35.9% se concentra además en los colegios y establecimientos municipales, lo cual contribuye aún mas en marcar la brecha entre educación pública y privada[6].

La evaluación docente permite identificar los elementos más defectuosos que conforman al profesorado, corregirlos y apartarlos del sistema, teniendo siempre a la vista el interés general de los alumnos. Este proceso de evaluación fue duramente criticado y sistemáticamente objetado por el señor Jaime Gajardo, quien se opuso desde un principio a él[7][8].

Curioso resulta entonces que la calidad no sea abordada como corresponde por el movimiento estudiantil y que éste señor (Jaime Gajardo) simpatice tan fervientemente con el movimiento. Quién en su momento se opuso a la evaluación docente, hoy en cambio dice apoyar a los estudiantes en sus demandas legitimas. Este doble estándar se traduce en su intención de manipular el movimiento con el objeto de evitar lo que él, como representante del Colegio de Profesores ha objetado, la evaluación docente; y no podemos suponer otra cosa dado el rol gremial que cumple el Colegio, cual es negociar de hecho y nacionalmente las condiciones laborales, profesionales y salariales de los docentes[9].

1.5.- Gratuidad

Si bien esta estrechamente relacionada con el lucro, su ausencia no condiciona a una posible y efectiva solución del problema. El lucro y la gratuidad pueden perfectamente coexistir, pero observándose determinadas condiciones de vecindad entre ambas.

En primer lugar la gratuidad debiese limitarse al sector público, pero como es lógico, condicionando su acceso al cumplimiento de requisitos objetivos para efectos de resolver la excesiva demanda que se produciría. Ahora, si bien somos de permitir el lucro, y por consiguiente, la existencia de instituciones privadas, su costo debiese ser, necesariamente regulado, para efectos de evitar los exagerados y abusivos costos que muchas instituciones privadas, especialmente en la educación superior, exigen.

Si el acento lo colocamos en la calidad, y no en la gratuidad, permitiendo que el lucro y la educación pública coexistan, nos podemos perfectamente encontrar con el fenómeno donde, las instituciones privadas, en vista que compiten entre sí y con la alternativa gratuita que ofrece el sector público, se esforzarán aún más, como estrategia para la captación de alumnos, en otorgar una educación de calidad. Si las instituciones privadas logran mejorar y situarse (algunas) por sobre la alternativa pública, muchos estudiantes serán por abandonar quizás la oferta gratuita que ofrece el Estado y trasladarse a las instituciones privadas. Mientras que, las Universidades Estatales, en vista que el sector privado va ganando terreno, también realizará mayores esfuerzos en orden a mejorar la calidad en su educación y así captar a nuevos alumnos que no solo se interesan por la oferta gratuita, sino por querer ser educados en una institución con mayor prestigio.

En síntesis, al existir un buen sistema que incluya y regule el lucro y la educación pública-gratuita, gana la calidad por cuanto ambos sectores, al competir entre sí, verán mejoras en en la calidad de los servicios que prestan.

2.- Conclusión

¿El total de las intransables demandas aportan una real solución al problema?

La respuesta, siguiendo la línea de todo lo anteriormente dicho es necesariamente negativa; no entregan una real solución al problema de la educación.

  • El movimiento debiese corregir sus demandas y no negociar en base a posiciones.
  • No caer en la intransigencia. El lucro, bien regulado y no abusivo, puede coexistir perfectamente con un sistema de educación gratuita y de calidad, limitado esto último al sector público.
  • Impedir que los privados, que reciben aportes del Estado, manipulen el estatuto legal para efectos de extraer utilidades y dirigirlas a sus bolsillos.
  • En relación a lo anterior, crear un ente fiscalizador y contralor que custodie la legalidad del sistema.
  • Aumentar el aporte del Estado en la educación.
  • Abrirse concretamente al dialogo ya que el problema no se resolverá unilateralmente.
  • Incluir sin discriminación y de forma global a todos los actores que forman parte de la educación, lo que incluye desde luego a las Universidades Privadas y a los Profesores.
  • Abandonar una postura ideológica y separarse publica y categóricamente de todo facción política. Las demandas estudiantiles comenzaron como un movimiento apolítico, es importante que recuperen tal condición.
  • Atender el problema desde la perspectiva que, lo que interesa es la calidad de la educación por sobre las otras cosas. Una educación gratuita y de mala calidad no contribuye a solucionar el problema.
  • Y lo mas importante. Todos deseamos que el problema en la educación se resuelva, por cuanto como nación nos veremos todos beneficiados. Es un deber del Estado garantizarla y un derecho nuestro beneficiarnos de ella para un adecuado desarrollo personal, intelectual, moral y económico. Sin embargo el problema debe ser abordado con seriedad y neutralidad a todo partido político; estamos hablando de demandas sociales y no de un interés partidista que nada aporta y solo divide.


[1] http://fech.cl/blog/2011/07/28/compilado-documentos-de-interes-movilizaciones-2011-2/petitorio-confech/

[2] http://www.theclinic.cl/2011/08/07/ninos-brillantes-que-van-a-quedar-afuera/

[3] http://es.scribd.com/doc/57739209/sintesis-confech

[4] http://fech.cl/blog/2011/07/28/compilado-documentos-de-interes-movilizaciones-2011-2/manifiesto-por-la-educacion-3/

[5] http://www.docentemas.cl/noticia_detalle.php?glb_cod_noticia=39

[6] http://www.cooperativa.cl/uno-de-cada-tres-profesores-obtuvo-resultados-deficientes-en-evaluacion-docente/prontus_nots/2011-03-29/160640.html

[7] http://www.colegiodeprofesores.cl/index.php?option=com_content&view=article&id=744:se-esta-imponiendo-el-caracter-punitivo-de-la-evaluacion-docente&catid=1:latest

[8] http://www.cnnchile.com/nacional/2011/03/29/se-esta-estigmatizando-a-mas-de-un-tercio-del-profesorado/

[9] http://www.colegiodeprofesores.cl/index.php?option=com_content&view=article&id=37&Itemid=68

martes, 31 de mayo de 2011

"EL CAMINO AL MANANTIAL" - LA SHARÍA ISLÁMICA Y LA LAPIDACIÓN


"Joven es lapidad hasta morir por participar en un concurso de belleza"

Así decía el titular de la noticia que me inspiró a investigar y escribir sobre esta despiadada práctica de purga y castigo.

ASPECTOS GENERALES Y BREVE HISTORIA

La Sharía etimolígicamente significa "camino recto" o "camino al manantial" lo que grafíca su propósito de ordenar el comportamiento de los hombres, tipificando y sancionando un catálogo de conductas que lo alejan de la salvación y de Dios. Como legislación revelada contiene normas de conductas que "dan vida al alma y al intelecto, como el agua se la da al cuerpo", siendo sus fuente el Corán y la Sunna.

Al ser una obra legislativa revelada, carece de los defectos de los que adolece cualquier creación del hombre; libre de imperfecciones, injusticias, y en general, de arbitrariedades.

Dentro de la sharía nos encontramos con las ofensas hadd, las que constituyen crímenes castigados con penas severas, como la lapidación, los azotes y la amputación. En particular, las ofensas sexuales como el adulterio, la homosexualidad, la desobediencia de las mujeres hacia la autoridad del padre o el esposo, las relaciones sexuales consentidas con infieles y el no cumplimiento de las normas de vestimentas de las mujeres que conlleve a la violación o abuso sexual, se han castigado históricamente con azotes o lapidación.

Respecto a la lapidación, se ha dicho que no es una pena en estricto contenida en la revelación de Dios, sino que esta obedece a una practica sunita antigua que fue recepcionada y establecida entre los musulmanes a partir del segundo Califa “Omar Ibn al-Jattab”.

Es mas, se ha concluido que el Profeta nunca ejecutó una lapidación, su actitud fue la de permitir que se lapidara a los que lo pedían para no vulnerar un derecho fundamental del individuo de intentar borrar su mala acción como mejor entendiese que debía hacerlo, y permitió que se lapidase para no vulnerar el derecho de los pueblos de autodeterminación.

Ahora bien, el eminente contenido religioso del derecho islámico ha permitido que clérigos y juristas, intérpretes de la revelación, hayan facilitado la recepción a sus respectivos ordenamientos de esta práctica. De todas formas es importante tener presente que la mayoría de las sociedades musulmanas han abandonado este tipo de penas.

DE LA LAPIDACIÓN

La condena a muerte por lapidación se encuentra meticulosamente reglada en el Código Penal Iraní. Para un mayor conocimiento de esta práctica es que he seleccionado las siguientes normas que facilitan la comprensión de aquel tormento, sin dejar de sorprender los detalles técnicos regulados en la ley islámica para la aplicación de esta pena :

CLASES DE HADD (OFENSA) POR ZINA (RELACIÓN SEXUAL).-

Artículo 100

El hadd de Zina para los siguientes casos se castigara con la lapidación hasta la muerte (rajm):

A. Un Zina cometido por un muhsan, o un hombre que tiene esposa permanente y a quien ha disfrutado sexualmente ya o puede disfrutar sexualmente en cualquier momento, será castigado con la lapidación hasta la muerte.

B. Un Zina por un muhsanah, o una mujer que tiene un marido permanente quien la ha disfrutad sexualmente, conservando siempre la oportunidad del disfrute sexual con su marido, será castigada con la lapidación (ella) a la muerte (rajm).

Artículo 103

Un hombre casado que comete Zina (con otra mujer) antes de que el disfrute sexual de su esposa haya ocasionado la penetración, será sancionado con cien azotes, afeitado del pelo de la cabeza y el destierro por un año.

Artículo 106

El hadd de la lapidación a muerte no se ejecutará si la mujer está embarazada o puede estar embarazada. Y, del mismo modo, no será lapidada hasta la muerte después de entregar el bebé en caso de que no hay nadie que se ocupe del bebé recién nacido y existe el temor de su muerte. Sin embargo, si alguien está disponible para cuidar al bebé, el hadd se llevará a cabo en ella.

Artículo 111

El hadd no se ejecutará cuando el clima es extremadamente frío o caliente en extremo.

Artículo 112

Un hadd no se puede ejecutar en el territorio de los enemigos del Islam.

DE LA EJECUCIÓN.-

Artículo 114

Cada vez que el Zina de una persona que reúna las condiciones de Ihsan queda probada por su propia confesión, la lapidación a muerte será iniciada por el juez quien lanzará la primera piedra, seguido por los otros. Si el Zina se demuestre con pruebas de testigos, los testigos se iniciará arrojando piedras, seguido por el juez y luego por los demás.

Artículo 116

Es conveniente que el juez notifique al público del momento de la ejecución de la hadd, y es esencial que el número de creyentes presentes al el momento de la ejecución de la hadd no sea inferior a tres.

Artículo 117

Para la lapidación hasta la muerte de un hombre, éste será enterrado en un pozo hasta la cintura; y una mujer hasta el pecho, y luego será apedreado hasta la muerte.

Artículo 119

Las piedras para la lapidación hasta la muerte no debe ser tan grande que uno o dos de ellos pueden matar al preso, ni deben ser tan pequeñas que no pueden ser llamadas "piedras".

Artículo 122

La presencia de testigos en la ejecución de hadd de la lapidación hasta la muerte (rajm) es esencial.

Otros delitos brutalmente castigados, reglados en el Código Penal Iraní son: La Sodomía, la Violación y el Lesbianismo.

Si bien tengo mis objeciones morales, éticas y jurídicas sobre esta práctica, que ha terminado violentamente con la vida de miles de mujeres y hombres. No es la intención, al menos por el momento, de darlas a conocer, sino que mas bien ilustrar y recordad que estas existen. Es probable que en otro artículo de una opinión personal sobre esta y otro tipos de conductas de raíz religiosa islámicas, judías o católicas.

Fuentes:

http://www.iranrights.org/english/document-139.php

http://www.libreria-mundoarabe.com/Boletines/n%BA30%20Sep.05/IntroduccionSharia1.html

http://www.libreria-mundoarabe.com/Boletines/n%BA31%20Oct.05/Sharia2.html



jueves, 26 de mayo de 2011

APOSTASÍA; DESVINCULACIÓN FORMAL DE LA IGLESIA CATÓLICA

APOSTASÍA.-

La Apostasía, junto con la Herejía y el Cisma, constituyen los pecados mas graves que, bajo los preceptos católicos, puede cometer una persona.

El canon 751 del Código de Derecho Canónico define la apostasía como el rechazo total de la fe cristiana.

Para hacer efectiva la abjuración de la fe cristiana, la iglesia considera como suficiente:

a) La decisión interna de salir de la Iglesia católica (voluntad suficiente en orden de romper todo vínculo y abandonar la comunión de la fe);

b) La actuación y manifestación externa de esta decisión (actuación por escrito);

c) La recepción por parte de la autoridad eclesiástica competente de esa decisión (arz/obispado o cualquier párroco).

d) A todo lo anterior, agregaría la expresa manifestación de estar en conocimiento absoluto de las consecuencias que la Apostasía implica (no poder casarse por la iglesia, no ser sepultado en cementerios católicos, arder una eternidad en los infiernos, etc)

Con todo, debemos destacar y tener presente la legislación interna de cada país relacionada con la libertad de culto, la libertad de asociación y protección a la vida privada de la persona; derechos que en su conjunto permiten la desafiliación libre y espontánea de cualquier institución religiosa, y donde cualquier entorpecimiento constituye una infracción grave a estos derechos fundamentales.

Ahora bien ¿Qué se logra con todo esto? ¿Qué ganan con hacerlo? ¿Para qué hacer esto si por consciencia no se pertenece a la fe católica?

Bueno… desde mi humilde punto de vista, apostatar y desvincularse formalmente de la iglesia católica refleja un descontento por parte de la población, hastiada de una institución que no les identifica, y les ofende.

Además, aportarían con su grano de arena, en orden a desmentir el hecho que la fe católica es la religión dominante en occidente (sobre todo en America latina). Ellos desvirtúan la realidad considerando adeptos a quienes en consciencia no lo son, y que por el hecho de haber sido bautizados en su infancia, se encuentran afiliados a esta oscura institución.

Los pasos para apostatar son los siguientes (tramitación en Chile, pero a grandes rasgos en todas las legislaciones es muy similar):

1.- En primer lugar tengan en cuenta que el acto que permite la defección de la iglesia recibe por nombre Actus Formalis Defectionis ab Ecclesia Catholica.

2.- Si bien no existe norma canónica que lo exiga, se recomienda solicitar el Certificado de Bautismo, otorgado por su párroco mas cercano (siempre es preferible acudir a la parroquia donde fueron bautizados).

3.- Presentar carta en donde se expresa y solicita la voluntad de apostatar. Para facilitarles la existencia, acompaño documento redactado por mi, que a grandes rasgos contiene lo siguiente CLICK AQUÍ:

  • Mensaje formal dirigido al arz/obispado;
  • Identificación de normas legales y eclesiales para efectos de transmitir que están en conocimiento de sus derechos y reforzar la solicitud.
  • Exposición de las causas que lo llevan a apostatar (son libres de incoporar las razones que deseen, una bastante válida es lo ofensiva que resulta la Iglesia Católica para Uds, en atención a los abusos y delitos que últimamente han salido a la luz pública).
  • Parte petitoria en concordancia a las normas eclesiásticas.
  • Advertencia de apremio en caso de no recibir respuesta dentro de los plazos legales.
  • Solicitud de ser eliminado de cualquier registro, histórico o estadístico que los vincule a la Iglesia.
  • Petición de entrega de certificado que de cuenta de la desvinculación.
  • Indicación de acompañar copia de Cédula de Identidad y Certificado de Bautismo (borren esta parte si no desean acompañar estos documentos).

4.- Al momento de presentar la Carta, es importante solicitar recibo de esta. Para ello basta llevar una copia para que sea timbrada por quien recepciona el documento.

5.- Acompañar junto con la carta, copia de Cédula de Identidad (para evitar que los tipos se excusen por cualquier cosa) y Certificado de Bautismo. Tengan en cuenta que esto es opcional, pero de todas formas recomiendo hacerlo.

6.- También, para evitar cualquier dilación innecesaria, dirigir la carta al arz/obispado de su domicilio, si no saben quien es, visiten la siguiente página web http://www.iglesia.cl/ (hacer click en la ventana que dice “diócesis” y luego busquen por regiones a las que pertenezcan).

7.- Hecho lo anterior, la Iglesia DEBE hacer la anotación marginal en el Libro de Bautismo y con ello eliminar sus antecedentes personales de los archivos y registros eclesiales, y otorgar certificado de que lo anterior se ha practicado.

8.- El certificado demora, y se recomienda estar al tanto de la tramitación, e insistir en ello.

9.- En caso que no reciban respuesta satisfactoria, queda abierta la vía judicial, por infracción a la ley de datos personales y vulneración de las garantías constitucionales expuestas. Para ello, basta interpones un Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones respectiva; actuación que NO exige patrocinio de abogado.

Bueno… espero que esta información les haya sido útil, y que se sientan motivados en abandonar una fe que no les pertenece ni les representa. Abro al diálogo para quienes se interesen.

Y ahora bien… si luego experimentan cualquier tipo de arrepentimiento, tengan en cuenta lo siguiente:

“Yo los curaré de su apostasía, los amaré generosamente, porque mi ira se ha apartado de ellos

Antiguo Testamento, Oseas 14 ; 5